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Comportamiento y Derechos del Abogado en la Comisaría al Atender a un Detenido

Estimados compañeros,

En el ejercicio de nuestra profesión, es fundamental conocer los derechos que nos asisten y las obligaciones que debemos cumplir al acudir a una comisaría para asistir a un detenido. Este artículo tiene como objetivo proporcionar una guía clara sobre cómo debemos comportarnos y qué derechos tenemos en estas situaciones.

  1. Derechos del abogado en la comisaría
    1. Derecho a la entrevista previa reservada:
      • Según el artículo 520.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), el abogado tiene el derecho a mantener una entrevista previa, reservada y confidencial con el detenido, antes de la declaración en comisaría. Esta entrevista es crucial para preparar adecuadamente la defensa y para garantizar que el detenido comprende plenamente sus derechos.
    2. Derecho a estar presente en todas las diligencias:
      • El abogado tiene derecho a estar presente durante cualquier declaración del detenido y durante la práctica de cualquier diligencia que le afecte, incluyendo el reconocimiento de pruebas. Este derecho se recoge en el artículo 520.7 LECrim.
    3. Derecho a la información sobre la detención:
      • El abogado tiene derecho a ser informado de las razones de la detención, así como del estado de las diligencias y de la situación personal del detenido. Este derecho está garantizado por el artículo 520.2 LECrim.
    4. Derecho a formular preguntas y a intervenir:
      • Durante la declaración del detenido, el abogado tiene derecho a formular preguntas, pedir aclaraciones y realizar observaciones. Este derecho se deriva del principio de contradicción y del derecho de defensa.
    5. Derecho a la copia del atestado policial:
      • Aunque la entrega de copia íntegra del atestado puede estar limitada durante la fase de instrucción por razones de secreto de sumario, el abogado tiene derecho a conocer los elementos esenciales que justifiquen la privación de libertad y las pruebas obtenidas.
  2. Obligaciones y comportamiento adecuado en comisaría
    1. Respeto y corrección:
      • Es fundamental mantener una actitud respetuosa y profesional en todo momento. El trato con los funcionarios de policía debe ser correcto, evitando cualquier confrontación innecesaria. El artículo 34 del Estatuto General de la Abogacía Española establece la obligación de comportarse con dignidad y respeto en el ejercicio de la profesión.
    2. Confidencialidad y secreto profesional:
      • Debemos recordar que toda la información obtenida en el ejercicio de nuestra función está protegida por el secreto profesional, tal y como se establece en el artículo 5 del Código Deontológico de la Abogacía. Es esencial preservar la confidencialidad de las comunicaciones con el detenido.
    3. Colaboración con la autoridad:
      • Aunque nuestra función principal es la defensa de los derechos del detenido, es importante colaborar de manera adecuada con las autoridades, facilitando el desarrollo de las diligencias sin obstruir la labor policial.
    4. Actuación en caso de irregularidades:
      • Si en algún momento consideramos que los derechos del detenido están siendo vulnerados, es nuestra obligación formular las quejas pertinentes en el acta de la diligencia y, si fuera necesario, elevar la incidencia al juez de guardia o presentar la correspondiente denuncia ante la autoridad competente.
  3. Conclusión

El papel del abogado en la comisaría es fundamental para garantizar que los derechos del detenido se respeten desde el primer momento de la detención. Conocer nuestros derechos y deberes es esencial para realizar una defensa efectiva y mantener la dignidad de nuestra profesión.

Os animo a que cada vez que acudáis a una comisaría, recordéis estos puntos clave y actuéis con la firmeza y profesionalidad que caracteriza a nuestra profesión.

Atentamente,

Julián Ramírez

Abogado