La nacionalidad española es un estatus jurídico que otorga a las personas una serie de derechos y deberes en España, incluyendo el acceso a la ciudadanía plena y la posibilidad de residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea. Existen diversas vías para adquirir la nacionalidad española, cada una de ellas regulada por el Código Civil y otras normativas relevantes. A continuación, te ofrecemos un resumen detallado de las principales formas de adquisición de la nacionalidad en España, junto con la documentación necesaria para cada caso.
- Nacionalidad por Origen
La nacionalidad por origen se adquiere desde el nacimiento en los siguientes casos:
• Por filiación: Son españoles de origen aquellos nacidos de padre o madre españoles, sin importar el lugar de nacimiento.
• Por nacimiento en España: Aquellos nacidos en territorio español en varias circunstancias específicas, como ser hijos de padres extranjeros si al menos uno de ellos también ha nacido en España, o cuando los padres son apátridas o su legislación no atribuye una nacionalidad al recién nacido.
Documentación necesaria:
• Certificado de nacimiento del interesado.
• Certificado de nacimiento de los padres.
• Documentación que acredite la nacionalidad española del progenitor.
• En caso de nacimiento en España de padres extranjeros, certificado de nacimiento de los padres y certificado que demuestre la apatridia o la no atribución de nacionalidad.
- Nacionalidad por Opción
La nacionalidad por opción está dirigida a personas que, sin haber nacido en España, tienen derecho a adquirirla bajo ciertas condiciones:
• Personas sujetas a la patria potestad de un español.
• Aquellos cuyo padre o madre hubiese sido español y nacido en España.
• Personas adoptadas por españoles siendo mayores de edad.
Documentación necesaria:
• Certificado de nacimiento del interesado.
• Certificado de nacimiento de los padres, o documentos que acrediten la nacionalidad española del progenitor.
• Documento que acredite la patria potestad del español sobre el interesado (en su caso).
• Certificado de adopción en caso de adopciones mayores de edad.
• Declaración expresa del optante o su representante legal.
- Nacionalidad por Residencia
Una de las vías más comunes para adquirir la nacionalidad española es la residencia legal en España durante un período determinado:
• Período general: Se requiere una residencia continuada de diez años.
• Períodos reducidos: Existen casos en los que este plazo se reduce, como para refugiados (cinco años), o para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, o personas de origen sefardí (dos años).
Documentación necesaria:
• Certificado de nacimiento del interesado, legalizado y traducido si es necesario.
• Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde haya residido en los últimos cinco años, legalizado y traducido si es necesario.
• Certificado de empadronamiento en España que acredite la residencia continuada.
• Permiso de residencia en España.
• Examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE).
• Examen de idioma español (DELE), salvo excepciones.
• Pago de la tasa correspondiente.
- Nacionalidad por Carta de Naturaleza
Esta modalidad es un privilegio concedido por el Gobierno español en circunstancias excepcionales, mediante Real Decreto. Se otorga por razones de interés nacional o debido a lazos especiales con España, y no está sujeta a los requisitos generales de residencia.
Documentación necesaria:
• Carta de solicitud dirigida al Ministerio de Justicia, exponiendo los motivos para solicitar la nacionalidad por carta de naturaleza.
• Certificado de antecedentes penales de España y del país de origen.
• Cualquier documentación adicional que justifique las circunstancias excepcionales alegadas.
• Documentos que acrediten la residencia o estancias en España (si es el caso).
- Nacionalidad por Posesión de Estado
Si una persona ha poseído y utilizado la nacionalidad española de buena fe durante diez años, basándose en un título inscrito en el Registro Civil, puede adquirir la nacionalidad por esta vía. Esta modalidad reconoce el uso continuado de la nacionalidad española como base para su adquisición.
Documentación necesaria:
• Documentos que acrediten la posesión y uso continuado de la nacionalidad española durante diez años.
• Certificado de empadronamiento o de residencia.
• Documentos que justifiquen la utilización de la nacionalidad española (por ejemplo, pasaporte español, DNI, etc.).
- Nacionalidad por Adopción
Los menores de 18 años adoptados por un español adquieren automáticamente la nacionalidad española de origen. En el caso de ser mayores de edad, podrán optar a la nacionalidad dentro de los dos años siguientes a la adopción.
Documentación necesaria:
• Certificado de adopción.
• Certificado de nacimiento del adoptado, legalizado y traducido si es necesario.
• Documentación que acredite la nacionalidad española del adoptante.
• En caso de mayores de edad, declaración de la opción a la nacionalidad española.
- Nacionalidad para los Sefardíes
En 2015, España aprobó una ley específica que permitió a los descendientes de judíos sefardíes expulsados en 1492 adquirir la nacionalidad española sin necesidad de renunciar a su nacionalidad anterior y sin necesidad de residir en España. Aunque el plazo para solicitar esta nacionalidad finalizó en 2019, las solicitudes presentadas dentro de plazo siguen siendo procesadas.
Documentación necesaria:
• Certificado que acredite la condición de sefardí, emitido por una autoridad competente.
• Certificado de antecedentes penales.
• Certificado de nacimiento.
• Documentación que justifique la vinculación especial con España (por ejemplo, estudios realizados en España, donaciones a entidades españolas, etc.).
• Pago de la tasa correspondiente.
Consideraciones Finales
La adquisición de la nacionalidad española es un proceso que puede variar considerablemente según la vía escogida. Desde los procedimientos automáticos hasta aquellos que requieren una tramitación cuidadosa, es fundamental entender las implicaciones y requisitos específicos de cada tipo de adquisición.
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